Disposiciones que deberán observar determinados organismos de contralor dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, en relación con los balances o estados contables que les sean presentados. Derógase el último párrafo del Artículo 10 de la Ley Nº 23.928 introducido por el Artículo 2º del Decreto Nº 1269/2002 y sustitúyese el Artículo 4º del mencionado Decreto
| Titulo | Fecha |
|---|
| Titulo | Fecha |
|---|