Sancionada: Junio 30 de 2010
Promulgada de Hecho: Julio 27 de 2010
Boletín Oficial: 30/07/2010
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1.- Apruébase la Constitución de la Unión Postal de las
Américas, España y Portugal, que consta de treinta (30) Artículos, el
Octavo Protocolo Adicional a la Constitución de la Unión Postal de las
Américas, España y Portugal, que consta de doce (12) Artículos y el
Reglamento General de la Unión Postal de las Américas, España y
Portugal que consta de ocho (8) Capítulos, adoptados en Montevideo
-República Oriental del Paraguay - el 14 de junio de 2007, cuyas
fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, el día treinta de Junio del año dos mil diez.
Registrado bajo el Nº 26.614
JULIO C. C. COBOS. - EDUARDO A. FELLNER. Enrique Hidalgo. - Juan H. Estrada.
Nota: la presente Ley se publica sin su correspondiente Anexo.