Buenos Aires, 16 de Agosto de 2011
Boletín Oficial: 23-08-2011
VISTO el Expediente Nº 02:0014249/2011 del registro de la Dirección
Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la
órbita del Ministerio del Interior, la Disposición DNM Nº 644 del 5 de
mayo de 2010, la Resolución Nº 4200 del 31 de julio de 1975 y sus
modificatorias y complementarias, la Resolución DNM Nº 2327 del 15 de
octubre de 1981, la Resolución DNM Nº 1843 del 21 de agosto de 1991, la
Disposición DNM Nº 36.197 del 5 de noviembre de 2004, la Ley Nº 25.871,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición DNM Nº 644/2010 se creó el Registro Único
de Pasos Fronterizos con información mínima a contener por cada Paso y
dejando constancia que los enunciados en su Anexo I son los únicos
habilitados para el tránsito internacional de personas.
Que resulta menester habilitar nuevos Pasos Fronterizos a fin de dar
respuesta a la demanda de operaciones de índole internacional en
constante crecimiento.
Que la Dirección Nacional de Migraciones posee como principio la
interacción con las Policías Migratorias Auxiliares en las que se
encuentra delegado el control de ingreso y egreso de personas con el
fin de optimizar la actuación migratoria en la frontera.
Que la Dirección Nacional de Migraciones se encuentra en condiciones de
reasumir el ejercicio del control migratorio en algunos Pasos
Fronterizos en los que posee el control delegado en la Policía
Migratoria Auxiliar.
Que la Resolución DNM Nº 4200/1975 habilita los Puertos Campana,
Concepción del Uruguay, Paso de la Barca, san Nicolás y Zárate,
delegando la función del control de ingreso y egreso de personas en la
Prefectura Naval Argentina.
Que la Resolución DNM Nº 4200/1975 habilita el Puerto Alba Posse,
delegando la función del control de ingreso y egreso de personas en la
Gendarmería Nacional Argentina.
Que la Resolución DNM Nº 2327/1981 habilita el Puerto Río Grande,
delegando la función del control de ingreso y egreso de personas en la
Prefectura Naval Argentina.
Que la Resolución DNM Nº 1843/1991 habilita el Puerto Eldorado,
delegando la función del control de ingreso y egreso de personas en la
Prefectura Naval Argentina.
Que la Disposición DNM Nº 36.197/2004 habilita los Pasos Fronterizos
Jama Norte y Jama sur, para la operatoria del gasoducto, delegando la
función del control de ingreso y egreso de personas en la Gendarmería
Nacional Argentina.
Que la optimización de la operatoria fronteriza amerita cambios de
jurisdicción de Pasos Fronterizos con relación a la Delegación DNM en
jurisdicción.
Que resulta necesario salvar errores existentes en el Anexo I de la
Disposición DNM Nº 644/2010 con relación a la Delegación DNM en
jurisdicción.
Que los Artículos 34, 107 y 108 de la Ley Nº 25.871 establecen las
facultades de la Dirección Nacional de Migraciones de habilitar los
sitios y modos en que se desarrollarán los controles de ingreso y
egreso de personas desde y hacia el territorio Nacional.
Que la Dirección General Técnica-Jurídica de esta Dirección Nacional ha
tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo
establecido por el Artículo 7º, inciso d), de la Ley Nº 19.549.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Artículo 29 de la Ley Nº 25.565, el Decreto Nº 1410
del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto Nº 180 del 27 de diciembre de
2007.
Por ello,
El Director Nacional de Migraciones,
Dispone:
Artículo 1.- Habilítase a partir del día 1º de septiembre de 2011 para
el tránsito internacional de personas en todas las categorías
migratorias, el Puerto de Paraná, sito a 31º42´33" de latitud sur y
60º34´25" de longitud oeste, en la Provincia de Entre Ríos,
correspondiendo código alfanumérico PsC042.
Artículo 2.- Habilítase a partir del día 1º de diciembre de 2011 para
el tránsito internacional de personas en todas las categorías
migratorias, el Puerto de La Paz, sito 30º40´02" de latitud sur y
59º38´25" de longitud oeste, en la Provincia de Entre Ríos,
correspondiendo código alfanumérico PsC043.
Artículo 3.- Delégase en la Prefectura Naval Argentina el control
migratorio de los pasos habilitados en los Artículos precedentes.
Artículo 4.- Habilítase para el tránsito internacional de personas, a
partir del dictado de la presente y en todas las categorías
migratorias, el muelle "Punta Colorada", sito a 41º41´54" de latitud
sur y 65º00´28" de longitud oeste, en la Provincia de Río Negro,
habiendo de ser ejercido el control migratorio por personal de la
Delegación Puerto Madryn de la Dirección Nacional de Migraciones,
correspondiendo código alfanumérico PSC044.
Artículo 5.- Danse por establecidas las supervisiones DNM en Pasos
Fronterizos BRA009 Paso de la Barca - Porto Xavier, BRA012 Alba Posse -
Porto Maua, CHL006 Agua Negra, CHL055 Integración Austral, CHL056 san
sebastián, PRY014 Puerto Eldorado - Puerto Mayor Julio otaño, URY005
Gualeguaychú - Fray Bentos.
Artículo 6.- Establécese a partir del día 10 de octubre de 2011 la
supervisión DNM en Paso CHL028 Pino Hachado, en la Provincia del
Neuquén.
Artículo 7.- Establécese a partir del día 1º de noviembre de 2011 la
supervisión DNM en Paso PRY031 Clorinda - Puerto José A. Falcón, en la
Provincia del Formosa.
Artículo 8.- Establécese a partir del día 1º de diciembre de 2011 la
supervisión DNM en Paso CHL002 sico, en la Provincia del Salta.
Artículo 9.- Déjanse sin efecto a partir del día 1º de septiembre de
2011 las Resoluciones Nº 4200/1975, Nº 2327/1981 y Nº 1843/1991 en
cuanto delegan la función de control de ingreso y egreso de personas al
país en la Prefectura Naval Argentina en los Puertos Concepción del
Uruguay, Paso de la Barca, Río Grande y Eldorado, reasumiendo dicha
facultad esta Dirección Nacional.
Artículo 10.- Déjase sin efecto, a partir del día 1º de septiembre de
2011 la Resolución Nº 4200/1975, en cuanto delega la función de control
de ingreso y egreso de personas al país en la Gendarmería Nacional
Argentina en Puerto Alba Posse, reasumiendo dicha facultad esta
Dirección Nacional.
Artículo 11.- Déjase sin efecto, a partir del día 1º de septiembre de
2011 la Disposición Nº 36.197/2004, en cuanto delega la función de
control de ingreso y egreso de personas al país en la Gendarmería
Nacional Argentina en los Pasos Fronterizos Jama Norte y Jama sur,
reasumiendo dicha facultad esta Dirección Nacional.
Artículo 12.- Déjase sin efecto a partir del día 1º de diciembre de
2011 la Resolución Nº 4200/1975, en cuanto delega la función de control
de ingreso y egreso de personas al país en la Prefectura Naval
Argentina en Puertos Campana, san Nicolás y Zárate, reasumiendo dicha
facultad esta Dirección Nacional.
Artículo 13.- Modifícase la jurisdicción de la Delegación DNM sobre el
Paso PSC016 terminal Portuaria del Guazú, correspondiendo Delegación
Rosario a partir del dictado de la presente.
Artículo 14.- Rectifícase la jurisdicción de la Delegación DNM sobre el
Paso AER015 Aeropuerto Puerto Iguazú - Aeropuerto Internacional
Cataratas del Iguazú, correspondiendo Delegación Iguazú.
Artículo 15.- Rectifícase la jurisdicción de la Delegación DNM sobre el
Paso CHL061 Laguna sico, correspondiendo Delegación Salta.
Artículo 16.- Apruébase el listado actualizado de Pasos Fronterizos
habilitados para el tránsito internacional de personas en las
categorías migratorias establecidas y con el ejercicio del control de
ingreso y egreso de personas por parte de la Dirección Nacional de
Migraciones o con facultades delegadas en la Policía Migratoria
Auxiliar, que como Anexo I forma parte integrante de la presente,
dejando sin efecto en este acto el Anexo I de la Disposición DNM Nº
644/2010.
Artículo 17.- Establécese que los puntos mencionados en el Anexo I de
la presente son los únicos habilitados para el tránsito internacional
de personas por vía aérea, terrestre, marítima y fluvial.
Artículo 18.- Pase a la Dirección de Sistemas a fin que tome
conocimiento e intervención en cuanto a los códigos alfanuméricos de
los pasos mencionados en Anexo I, de acuerdo al orden establecido en el
mismo.
Artículo 19.- Pase a la Dirección General de Movimiento Migratorio para su notificación y respectivo diligenciamiento.
Artículo 20.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín A. Arias Duval.