Buenos Aires, 1 de Noviembre de 2010
Boletín Oficial: 02/11/2010
VISTO el Acuerdo prestado por el Honorable Senado de la Nación, lo
dispuesto por el Artículo 5 de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior
de la Nación, lo propuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente el Gobierno de la República Oriental del Uruguay
concedió el plácet de estilo al señor D. Miguel Dante Dovena como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho
país.
Que la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, la Secretaría de
Coordinación y Cooperación Internacional, la Secretaría de Comercio y
Relaciones Económicas Internacionales y la Secretaría de Relaciones
Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto han intervenido de conformidad en el ámbito de
sus respectivas competencias.
Que el Poder Ejecutivo Nacional se halla facultado en la materia, de
acuerdo a las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de
la Constitución Nacional.
Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1.- Nómbrase en el Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, funcionario de la categoría "A"
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Miguel Dante
Dovena (D.N.I. Nº 8.649.238), de conformidad con lo establecido por el
Artículo 5 de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.
Artículo 2.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de
la República en la República Oriental del Uruguay al señor D. Miguel
Dante Dovena (D.N.I. Nº 8.649.238).
Artículo 3.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente
Decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del
citado Ministerio.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Héctor M. Timerman.