Buenos Aires, 1 de Noviembre de 2010
Boletín Oficial: 02/11/2010

VISTO el Acuerdo prestado por el Honorable Senado de la Nación, lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación, lo propuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente el Gobierno de la República Oriental del Uruguay concedió el plácet de estilo al señor D. Miguel Dante Dovena como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho país.
Que la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional, la Secretaría de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales y la Secretaría de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto han intervenido de conformidad en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que el Poder Ejecutivo Nacional se halla facultado en la materia, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional.
Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1.- Nómbrase en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, funcionario de la categoría "A" Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Miguel Dante Dovena (D.N.I. Nº 8.649.238), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5 de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.
Artículo 2.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Oriental del Uruguay al señor D. Miguel Dante Dovena (D.N.I. Nº 8.649.238).
Artículo 3.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del citado Ministerio.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Héctor M. Timerman.