Buenos Aires, 23 de Noviembre de 2010
Boletín Oficial: 29/11/2010

VISTO el Decreto Nº 1215 de fecha 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en el Visto se procedió a aprobar la modificación de la estructura organizativa del Registro Nacional de las Personas, organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Interior del Ministerio del Interior.
Que por el Artículo 7 del citado Decreto, se facultó al titular de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas a incorporar dos cargos de conducción a la estructura organizativa del Organismo.
Que a los fines de optimizar la ejecución de las políticas relativas al desarrollo demográfico y de la población, vinculadas con la identificación de personas, resulta necesario aprobar las aperturas inferiores de la Dirección Nacional de Población dependiente de la Dirección Nacional del Registro de las Personas organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Interior del Ministerio de Interior, a fin de optimizar los resultados en la gestión emprendida.
Que la Dirección General Técnica Jurídica del Registro Nacional de las Personas ha tomado la intervención que le compete.
Que la Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el Artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y el Artículo 7 del Decreto Nº 1215/10.
Por ello,
La Directora Nacional del Registro Nacional de las Personas
Resuelve:
Artículo 1.- Créanse en el ámbito de la Dirección Nacional de Población dependiente de la Dirección Nacional del Registro de las Personas organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Interior del Ministerio de Interior, la Dirección de Políticas de Población y Estadísticas y la Dirección de Estudios e Investigaciones de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.

Mora Arqueta.

Nota: la presente Resolución se publica sin su correspondiente Anexo.