Anexo I Resolución General Nº 2674
Procedimiento a Cumplir por las Empresas Comercializadoras
Los sujetos interesados presentarán y/o informarán, según corresponda:
a) Detalle de la marca, modelo, versión de "software", de "firmware" y
de "hardware", del dispositivo criptográfico que se pretende homologar.
b) Los certificados que acrediten su validación FIPS 140 (versión 1 ó
2) Nivel 2 como mínimo emitida a favor del dispositivo criptográfico a
que se refiere el inciso anterior.
c) Manuales de uso y "drivers" correspondientes a la marca y modelo del
dispositivo criptográfico que se pretende homologar para los distintos
sistemas operativos requeridos para el producto.
d) Al menos dos (2) dispositivos del tipo de los que se solicita
homologar, para la realización de las pruebas pertinentes, junto con
los ítems requeridos en el inciso anterior y las licencias de uso
correspondiente a los mismos.
e) Ejemplo de uso de la API PKCS#11 para la obtención del número de
serie del dispositivo versión de "firmware", "software" y "hardware".
f) El detalle de los números de serie correspondientes al lote de
dispositivos criptográficos reservados e informados por el fabricante
en la nota de autorización, incluyendo además de los números de serie,
la marca, modelo, versión de "software", de "firmware" y de "hardware",
así como el número de certificación FIPS correspondiente.
g) Declaración del proveedor que posee la capacidad de brindar soporte
técnico a los usuarios de los dispositivos criptográficos
comercializados por un período no inferior a tres (3) años.
h) Nota original del fabricante de los dispositivos la que, de tratarse
de persona extranjera, deberá contar con la pertinente legalización
consular o, en su caso con la apostilla, conforme a la Convención de La
Haya, según el siguiente texto:
"Por cuanto [indicar apellido y nombre completo del fabricante], en el
carácter de fabricante de los Dispositivos Criptográficos marca
[indicar marca] modelo [indicar modelo] y sus licencias de "software"
correspondientes, con domicilio en [agregar dirección completa del
fabricante], por medio de la presente informamos a Uds. Que hemos
procedido a reservar inicialmente por la Administración Federal de
Ingresos Públicos y/o los usuarios finales ante la Administración
Federal de Ingresos Públicos, cuyos números de serie están incluidos en
el siguiente rango [ingresar el rango].
Asimismo, por la presente autorizamos a [nombre de la empresa que
pretende su incorporación como proveedora], con dirección en [indicar
dirección completa de la empresa en la República Argentina] a
comercializar en la República Argentina a los usuarios finales ante la
Administración Federal de Ingresos Públicos solamente los dispositivos
criptográficos Marca…… Modelo……, cuyos números de serie se encuentren
comprendidos dentro del rango descripto anteriormente como lote
reservado para la Administración Federal de Ingresos Públicos, así como
a prestar los servicios de soporte técnico de dichos dispositivos.".
i) El proveedor deberá informar la modalidad mediante la cual brindará
soporte técnico a los usuarios de los dispositivos criptográficos
comercializados.
j) El proveedor deberá ser una empresa constituida en los términos de
la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, texto ordenado en 1984 y
sus modificaciones, con domicilio legal en la República Argentina, y
actividad comercial no inferior a cinco (5) años, debiéndose presentar
a tal efecto copia certificada de los estados contables de la empresa
con su correspondiente inscripción en la Inspección General de Justicia
o autoridad registral local, según corresponda.
Anexo II - Resolución General Nº 2674
Características de los Dispositivos Criptográficos a Homologar
1. Satisfacer los requerimientos técnicos de la ETAP "Elementos de Seguridad – SEG-E" en su última versión.
2. Permitir la obtención del número de serie del dispositivo criptográfico mediante la API PKCS# 11.
3. Contar con certificación FIPS 140 (Versión 1 ó 2) Nivel 2 o superior
que incluya todo el conjunto de "Software", "Firmware" y "Hardware".
4. Autenticación interna (on-board).
5. Conexión USB estándar tipo A, versión 1.1 o superior.
6. Soportar los siguientes estándares: PKCS#11 versión 2.01 o superior, CAPI (Microsoft Crypto API), PC/SC.
7. Poseer memoria de almacenamiento de datos mínima de 32 kbytes.
8. Soportar las siguientes funciones criptográficas:
8.1. Generación de números aleatorios (RNG).
8.2. Almacenamiento de certificados X509v3.
8.3. Generación interna, operación, almacenamiento y administración de
claves criptográficas asimétricas del tipo RSA (1024 bits o superior).
8.4. Funciones de hash seguro del tipo SHA-1.
8.5. Generación interna, operación de claves criptográficas simétricas del tipo DES y/o Triple DES.
9. Ser un producto vigente, con soporte técnico y no poseer fecha de
discontinuidad de fabricación al momento de efectuarse la presentación
de solicitud de homologación.
10. Deberá tratarse de dispositivos criptográficos del fabricante cuya
marca y modelo coincida con la marca y modelo declarada en las
correspondientes Certificaciones FIPS 140, no pudiendo ser dispositivos
criptográficos del tipo OEM (Original Equipment Manufacturer).
11. Brindar servicio de soporte a los usuarios poseedores de dispositivos.